21-02-25 - NOTA ASUNTOS LEGALES Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Salta, 21 de febrero de 2025


Ministerio Salud Pública de Salta
Al Sr. Coordinador
de Asuntos legales y Relaciones Institucionales
Dr. Víctor Hugo Echazú


Su Despacho:


Atento a haber tomado conocimiento de lo expresado por la licenciada Dorigato por canales informales, y haciendo expresas reservas a los fines procesales en tal sentido ya que no fuimos a la fecha notificados ni de la mencionada nota ni del informe remitido por el hospital, es que venimos a reiterar solicitud en el claro y simple sentido de que se apruebe o se rechace la solicitud efectuada en relación al operativo a desarrollarse.


En coincidencia con la Lic. Dorigato, en relación a la necesidad de coordinación de esfuerzos para que los mismos resulten fructíferos, es que proponemos que dado que se nos informó verbalmente la realización de intervenciones cada 15 días desde la provincia en la zona; manifestamos nuestra propuesta en torno a participar de la segunda intervención mensual del mes de marzo atento a que por los tiempos no llegaríamos a la primera.


Ello en aras de aportar a lo ya desarrollado por la provincia quien sin dudas conoce que no llega a cubrir todas las necesidades existentes de allí los esfuerzos que viene desarrollando para regularizar la situación legada.


Así mismo, y desde una mirada proactiva es que invito al organismo a revisar los procedimientos en tal sentido, para agilizar las posibilidades de llevar adelante tareas de este tipo. Entendiendo que existe una dilapidación de los recursos tantos públicos como privados atentos a los tiempos de gestión administrativas que llevan los mismos.


REITERO la necesidad de obtener una respuesta concreta a lo ofrecido sea la misma positiva o negativa pero concreta, y por los canales formales correspondientes; principalmente para cumplir con lo expresado desde el organismo en relación a las formalidades y la coordinación de esfuerzo. Ello, sin perder de vista que es un derecho que nos asiste.


REITERO solicitud de que se remita la documentación existente por los canales formales correspondientes.


Nos impele mantener la expresión en relación a que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha establecido que el derecho a una tutela administrativa efectiva es un derecho humano aún más esencial que el derecho a una tutela judicial efectiva.


Atentamente.



Lic. José Antonio Boggiano

ENASHU